Comisión Técnica de las Elecciones Primarias
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Comisión Técnica Electoral de las Elecciones Primarias (CTEP) Caracas 5 de abril 2010
Comisiones Técnicas Electorales de las Primarias (CTEP)
Asunto: Normas de propaganda
La instancia nacional de la Comisión Técnica Electoral de las Primarias decidió en el día de hoy recordarle a las instancias regionales las normas para la campaña de las elecciones primarias de la UNIDAD a raíz de información sobre violaciones a las mismas. En este sentido el artículo 26 de la Normativa para las Elecciones Primarias establece lo siguiente
La Campaña Electoral deberá realizarse conforme a principios de convivencia, respeto mutuo y consideración, no se permitirá el anonimato y toda actividad de promoción se realizará de conformidad con las normas que siguen:
1. No se permitirá la propaganda que atente contra la dignidad de las personas, ofenda la moral pública, ni que tenga por objeto promover la desobediencia de las leyes. No podrán utilizarse con fines de propaganda electoral los símbolos de otro candidato u organización sin su previa autorización.
2. Queda prohibido utilizar los símbolos de la patria y el nombre, retrato o imagen del Libertador y de los próceres de la independencia, así como el uso de los colores de las banderas nacional, estadal y municipal que pueda inducir semejanza con dichos pabellones, en la publicidad y propaganda electoral.
3. La propaganda electoral concluirá veinticuatro (24) horas antes del acto de votación.
4. Los precandidatos promoverán sus campañas mediante contacto directo con sus electores a través de entrega de volantes u otro material impreso, actos públicos, reuniones con electores, participación en programas en medios de comunicación, utilización de medios electrónicos, perifoneo. Queda prohibido durante la campaña electoral, la propaganda y la publicidad de los precandidatos en los medios masivos de comunicación y vallas publicitarias.
5. Queda prohibida la propaganda electoral en los Centros de Votación, así como el proselitismo político el día de la elección.
Parágrafo Único: Estas normas serán de obligatorio y estricto cumplimiento por parte de los candidatos y los factores que los apoyen, quedando sujetos a la eventual aplicación de sanciones que pudieran llegar hasta la eliminación de la pre-candidatura de las Elecciones Primarias por parte de la CTEP.
En este sentido quedan terminantemente prohibidas las cuñas en TV, radio o cine así como vallas.
Agradecemos solicitar a los precandidatos el cumplimiento de la normativa y estar vigilantes a cualquier violación de la misma para tomar acción oportunamente.
Para cualquier información adicional estamos a su disposición
Atentamente,
Ramón José Medina Coordinador General
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